Autorización de apertura
La autorización para los espectáculos públicos, actividades recreativas y actividades socioculturales es exigible en establecimientos públicos con un aforo superior a 500 personas y/o en aquellos en que exista una especial situación de riesgo.
OCA EQA, de acuerdo con el proyecto presentado por el interesado, emitirá los informes y certificados correspondientes que se presentarán en el Ayuntamiento correspondiente junto con la solicitud de autorización por parte del interesado.
El Ayuntamiento remitirá dichos informes y certificados, junto con el proyecto de actividad y resto de la documentación anexa a los órganos competentes de la Generalitat en materia de espectáculos y, cuando proceda, en materia de intervención ambiental, con el objeto de que se evacuen los informes referentes al cumplimiento de las condiciones generales técnicas a las que se refiere el artículo 4 de la ley 14/2010.
El certificado de conformidad emitido por OCA EQA, de acuerdo con lo establecido en el artículo 4.3 de la ley 14/2010, respecto de las actuaciones sujetas a autorización, cuando sea favorable, tendrá la misma validez que los informes técnicos emitidos por los servicios municipales. No obstante, las funciones OCA EQA serán completadas con la actuación de la administración competente (municipal o autonómica) que ha de conceder o no la autorización, de manera que, previamente a la resolución de la solicitud, se emitirá un informe jurídico que contendrá la propuesta de resolución a la vista del proyecto y del certificado emitido por OCA EQA y por el informe técnico municipal si se hubiese emitido en el plazo legal.
Una vez el interesado proceda a la apertura del establecimiento, no se requerirá de visita de comprobación por parte del Ayuntamiento cuando el interesado aporte certificación por parte de OCA EQA pudiendo, en este caso, proceder a la apertura inmediata del establecimiento de acuerdo con lo indicado en este artículo. Este certificado se emitirá cuando la visita de inspección sea favorable y obre en el expediente toda la documentación necesaria para dicha apertura.
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